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Obligaciones del Socio de Negocios
El socio debe comprometerse a cumplir toda reglamentación
de venta que CENTURY Systems provee, incluyendo formatos de presentación
de propuestas, reglas de financiación, documentación
exigida, etc., no pudiendo comprometer a CENTURY Systems frente
a un CLIENTE con algo no previamente acordado.
El socio asume toda responsabilidad sobre toda conversación
comercial realizada con el CLIENTE, comprometiendo a CENTURY Systems únicamente
por lo escrito y firmado por CENTURY Systems.
El socio se compromete a no comercializar al mismo
tiempo (entiéndase mientras esta vigente la autorización
que acredita al socio), productos que compiten con los productos
de SISTEMASCENTURY.
El socio debe comprometerse a no divulgar información
comercial o tecnológica de cualquier índole de la
que CENTURY Systems le provee para la comercialización de
sus productos, asumiendo toda responsabilidad sobre daños
realizados a CENTURY Systems por cualquier incumplimiento de esta
prohibición, durante y después de vigencia de la
autorización de socio de negocios de SISTEMASCENTURY. |